Artículos de Opinión

Nueva Constitución y descentralización: claves para una reforma pendiente.

Es evidente para cualquiera que la educación primaria de Caleta Tortel no puede ser gestionada de la misma manera que en la comuna de Santiago o San Bernardo. El asunto, relegado como tema de política pública “aplicada” y olvidado de los “planes maestros” de los constitucionalistas en ciernes, se relaciona sin embargo con la forma […]

19 de marzo de 2014

“República del glaciar”: ¿respuesta a un vacío legal?

Greenpeace sorprendió proclamando por medio de un aviso en el New York Times del 5 de marzo la fundación de la “República glaciar”, cuyo territorio estaría compuesto por todos los glaciares que se encuentran en Chile. Según los patrocinadores de esta campaña, los glaciares no pertenecían a nadie porque el Estado de Chile no los […]

14 de marzo de 2014

¿Quo vadis Venezuela?

A dónde va Venezuela, puede ser una interrogante necesaria. Desde que asumió el Presidente Maduro, designado por Chávez y elegido en elecciones que ganó estrechamente, contra todo pronóstico; tuvo dos claras opciones. Abrir el país hacia una real democracia considerando la masa electoral que no lo apoyó. O bien endurecer y ampliar el control gubernamental.

12 de marzo de 2014

Democracia, utopía y realidad.

El ideal democrático supone ciertos elementos que desde un punto de vista de la sociedad resultan positivos. Así, por una parte recoge un principio de autonomía, al emanar las normas jurídicas desde el pueblo por sí o a través de sus representantes, por lo que los propios obligados crean las leyes que los imperan, es […]

7 de marzo de 2014

Régimen jurídico del financiamiento compartido en la educación escolar y su modificación.

El régimen de financiamiento compartido, encuentra su fundamento remoto en los principios de subsidiaridad y servicialidad del Estado en los cuales se ampara toda actividad de fomento o de ayudas públicas del Estado. Mientras que el fundamento inmediato se haya consagrado en los N°s 10 y 11, del artículo 19° de la Constitución Política de la República, que el derecho a la educación y la libertad de enseñanza.

5 de marzo de 2014

Comentario a la sentencia del caso Pascua Lama.

Hablamos de una sentencia de 150 páginas, que se hace cargo de numerosos antecedentes agrupándolos en 11 temas y que en su parte considerativa incluye figuras, gráficos y tablas. Por ello no se pretende hacer aquí un comentario acabado de lo resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental.

4 de marzo de 2014

Ecos positivos del fallo de la Corte Internacional de la Haya.

Discrepando de los amargos comentarios de quienes piensan que Chile resultó perjudicado con el fallo del diferendo sobre la frontera marítima entre Chile y Perú, creo que nuestro país salió incólume de un conflicto en el cual –si la Corte hubiese dirimido el caso en equidad– la frontera pudo haberse fijado bisectando el ángulo formado por las líneas de base de las costas de ambos países; ya que la bisectriz es la línea equidistante de los lados de un ángulo.

3 de marzo de 2014

Derecho a la educación, libertad de enseñanza y financiamiento público en la educación escolar. Tercera parte: niveles educacionales no obligatorios.

La Carta Fundamental es clara al establecer cuales son los niveles de educación obligatorios. Sin embargo, esa claridad desaparece cuando se trata de determinar cuales son los niveles de enseñanza no obligatorios, respecto de los cuales, el Estado no tiene el deber específico de financiar su gratuidad, sino sólo a fomentar la educación en esos niveles.

29 de enero de 2014

La sentencia y sus enseñanzas.

Ninguna de las partes en el diferendo entre Perú y Chile, obtuvo todo lo deseado. Si bien, Perú se benefició a expensas de Chile, claramente. Chile pidió a la Corte que rechazara todo lo argumentado por Perú. No se logró, sino en parte.

28 de enero de 2014

“Muerte cerebral” y desconexión de mujer que gesta un niño por nacer.

Marlise Muñoz, una mujer casada de 33 años con un embarazo de 3 meses sufrió en noviembre de 2013 una embolia pulmonar; fue internada en el Hospital de Fort Worth, Texas, y conectada a un ventilador mecánico que le permite seguir respirando. Los médicos diagnosticaron que no se recuperaría y que estaba en lo que se conoce como “muerte cerebral”.

23 de enero de 2014

El rol de los jueces en un Estado de Derecho.

Desde un punto de vista constitucional, el poder judicial se encuentra regulado en el capítulo sexto de la Carta Fundamental, en donde se establecen las bases constitucionales del mismo. Por su relevancia, para el nombramiento de los jueces nuestra Constitución ha diseñado un sistema mixto de generación, con participación de los tres poderes del Estado.

21 de enero de 2014

La reforma del Derecho Administrativo chileno. De la primacía de la persona humana a la primacía de las personas.

No es difícil encontrar textos jurídicos que siguiendo una estructura bastante tradicional se planteen el Derecho Administrativo como el derecho del control a la Administración. Esta forma de comenzar los estudios de la disciplina ha sido especialmente exitosa en bastantes países. Sus premisas son bastante conocidas. El poder es peligroso y la manera en que puede dejar de serlo es limitarlo. El Derecho Administrativo es así un derecho relevante porque analiza la forma de actualizar esos límites.

10 de enero de 2014

Carta Iberoamericana

El 10 de octubre de 2013 el CLAD (Centro latinoamericano de Administración para el Desarrollo) aprobó la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en relación con la Administración Pública. Una Carta que se enmarca en los anteriores documentos del CLAD en orden a la mejora de la Administración de la región. Con […]

2 de enero de 2014

El principio de la reserva legal de delitos y penas en el derecho administrativo sancionador disciplinario.

El principio de legalidad del delito y la pena, también conocido como principio de reserva legal de delitos y penas, con plena y estricta aplicación en el derecho penal, viene impuesto constitucionalmente por los incisos 7° y 8° del artículo 19 N° 3, desde el momento en que el constituyente asegura a todas las personas, que: “Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado…” y que “Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sancione esté expresamente descrita en ella…”.

27 de diciembre de 2013

Sociedad civil y sistema representativo: confluencia deliberativa.

Una nueva Constitución debe ser producto y generar una institucionalidad que permita la confluencia deliberativa (CD) entre sociedad civil y sistema representativo. La CD la entiendo como un espacio de encuentro y dialogo político, que permita la expresión y la comunicación entre la sociedad civil y el sistema representativo, donde las expresiones de aquella puedan ser recogidas y canalizadas por este.

23 de diciembre de 2013
Páginade 97
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