Tratamiento inicuo de los reajustes e intereses moratorios de impuestos y a las asignaciones profesionales de los empleados públicos.
La Corte Suprema echó por tierra la que creemos es la buena doctrina, a saber, que se indemnicen los perjuicios a contar de la fecha en que el deudor debió pagar cada una de las asignaciones profesionales mensuales que adeudaba a los demandantes, pues ha retardado culpablemente su obligación.