Comentarios al fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, Civil-190-2020, de 3 de marzo de 2021, caso del señor Rodrigo Ubilla.
Encontramos lamentable que, además, el fallo haya eliminado los considerandos 12 a 14 de la sentencia de primera instancia, que, pese al rechazo, estimaba que “a juicio de este sentenciador […] los inmuebles sobre los cuales recayeron los actos y contratos cuya nulidad se impetra […] tienen la calidad de tierras indígenas”.