Artículos de Opinión
La Ley de migraciones y la metaactividad: ¿puede una ley surtir efectos sin estar vigente?
Nos encontramos frente a dos reglas que son de signo inverso y se excluyen mutuamente, por un lado la vigencia inmediata y, por el otro, la vacancia legal. Es preciso destacar que el artículo 7 del Código Civil dispone un numerus apertus para establecer distintas fórmulas de vacancia como se lee de su enunciado: “podrá establecer reglas diferentes para su publicación”, vale decir, se podrá disponer de un lapso, plazo o de una condición suspensiva, como ocurrió en el presente caso.
Ucrania martirizada.
En un mundo interconectado, donde todo se graba, registra u opina en redes, nada se oculta. El horror y destrucción de un hermoso país y su gente, sólo por decisión de un nuevo déspota que se ha incorporado a la historia. Eso sí, tenemos un elemento que no estuvo en ejemplos pasados. Esta vez, antes que desaparezca Vladimir Putin, ya ha sido juzgado lapidariamente, salvo por incondicionales.
Libertad de expresión en la nueva Constitución: observaciones a propuesta Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional.
Pero la libertad de expresión no puede ni debe se entendida de forma aislada de otros derechos y valores. En nuestra tradición constitucional, a diferencia de los Estados Unidos (que es mas bien la excepción que confirma la regla en esta materia) y en el sistema de derechos humanos, ella debe armonizarse con aquellos, como, por, ejemplo, privacidad, seguridad del Estado u honor.
Departamento de Extranjería y Migración (DEM): su solicitud será decidida cuando recurra en protección.
Los plazos de tramitación que son excesivos dentro de la “normalidad” de Extranjería ahora seguramente se verán mucho más retardados desde que se ha descubierto que una “falla” en el sistema eliminó toda la data de extranjeros del Servicio Nacional de Migraciones, lo que ha ocurrido casualmente ad portas de la asunción del nuevo gobierno.
Corte Suprema y nueva Constitución.
Este proyecto -indicación que establece que los ministros y ministras de la Corte Suprema ejercerán sus funciones por doce años, sin perjuicio de que puedan posteriormente postular a otros cargos del sistema nacional de justicia- que luego se someterá al Pleno de la Convención afecta la independencia del poder judicial en la misma magnitud que la disposición que proponía una duración específica en los cargos de la magistratura. El Sistema de Justicia obedece a otra lógica, debe aplicar el derecho vigente con prescindencia de las convicciones personales de sus integrantes.
Segundo año de conmemoración del día de las enfermedades poco frecuentes o raras en Chile: avancemos en educación y empatía.
Se trata de una celebración cuyo principal objetivo es el de visibilizar la problemática de las enfermedades poco frecuentes, que pese a su gran diversidad (entre 5000-7000) comparten rasgos comunes: dificultades y retrasos en el diagnóstico, falta de tratamiento curativo o paliativo, afectación psicosocial, entre otras. Así mismo, el colectivo de personas que padecen enfermedades raras, en su conjunto, puede llegar a ser equiparable al de otras enfermedades crónicas o más prevalentes.
Breve análisis jurídico del conflicto ruso-ucraniano.
Para encuadrar la acción militar en este artículo es necesario, primero, acreditar una agresión ilegítima por parte de otro Estado u organización en forma actual o inminente, que pudiere afectar ya sea la integridad territorial o independencia política del Estado que se defiende, y segundo, que la reacción defensiva sea solo para repeler la agresión ilegitima, sea proporcional y que no exista otro medio menos perjudicial para repelerlo.
Ius in bello – Derecho en la guerra.
Rusia ha bombardeado ciudades de Ucrania, la prensa internacional enfoca la totalidad de sus cámaras y micrófonos al este de Europa, las personas escapan desesperadas de los focos del conflicto buscando refugio, pero ¿existe alguna regulación especial para los tiempos de guerra?, ¿es lo mismo el Ius in bello, Ius ad bellum y el Ius contra bellum?, preguntas esenciales para el desarrollo de este artículo.
Radiodifusión y derechos culturales indígenas.
La identidad cultural es el componente esencial que define a un grupo humano como un colectivo diferenciado y tiene un carácter evolutivo y dinámico. Cualquiera medida que adopte el Estado destinada a proteger los derechos de estos pueblos debe partir del respeto de sus formas de vida únicas y particularidades propias. El derecho a transmitir la cultura propia se vincula el derecho a acceder a los diferentes medios a través de los cuales se manifiesta este tipo de libertad de expresión, entre ellos, la radiodifusión.
¿Mostrar en rueda de prensa al presunto criminal vulnera la presunción de inocencia?
Las personas que han sido detenidas por un presunto delito y estas hayan sido presentadas en rueda de prensa por la Policía, Ministerio Publico y las entidades competentes con un chaleco que indique “detenido” o “procesado”, y otras etiquetas, sin que haya iniciado un proceso jurisdiccional “justo” y la culpabilidad no se haya declarado por una sentencia con autoridad de cosa juzgada, se estaría vulnerando la presunción de inocencia, principio fundamental del debido proceso.
Algunas bases doctrinales a tener en cuenta para entender el “Estado Regional”.
El Estado Regional es una forma de Estado que ha tenido un desarrollo menor en la dogmática jurídica nacional, al ser un sistema que ninguna de las cartas fundamentales nacionales ha consignado, al estar implementada en pocos países (y en cada nación con sus propios matices) y al ser una forma de organización diferente a los dos tipos de Estados catalogados como “clásicos”.
Los remates judiciales por ‘Zoom’. El link de conexión que concretiza el carácter ‘público’ de la audiencia.
En los hechos, la subasta por Zoom no es pública, entendida como ‘acto público’, notorio, visto o sabido por todos (o que ‘pueda’ serlo), es decir, lo opuesto a lo privado (reservado). La presencia de público está contemplada en el Acta N° 13-2021 -de lo contrario no podría ser un ‘acto público’- pero, lo cierto es, que no hay posibilidad de ‘concurrir’ como tal, al no existir en Chile subastas electrónicas con medios técnicos que aseguren la participación del público.