El pasado mes de marzo el Ministro de Justicia, don Hernán Larraín, manifestó ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados que, en base a un trabajo ya hecho (suponemos que se refería a aquel contenido en los proyectos de reforma enviados al Congreso mediante Mensaje Presidencial N° 171 – 360, de 3 de octubre de 2012, y Mensaje Presidencial N° 176 – 361, de 6 de agosto de 2013), que estaban en condiciones de enviar en un plazo razonable (30 días) una indicación sustitutiva o un nuevo proyecto.
Celebro que el Gobierno dé a esta materia la importancia y urgencia que merece, y, tal como lo he manifestado en otras oportunidades, tales proyectos son interesantes, pero muy perfectibles. No puede seguir esperando una reforma al actual sistema que ofrezca, entre otras cosas, mayor transparencia en el nombramiento y mejorar los estándares de fiscalización de archiveros judiciales, conservadores y notarios. Ello no obsta a otras reformas que son necesarias para un mayor dinamismo, eficiencia y seguridad en el tráfico jurídico.
Tal como lo demuestran muy buenas experiencias en el derecho comparado – por ejemplo, España y Paraguay – debe implementarse un sistema de control estatal de alto nivel técnico. En este sentido, resulta muy atractiva la creación de una Dirección General del Notariado y del Registro a cargo del procedimiento de nombramiento y fiscalización, con facultades para dictar normativa vinculante que oriente la actividad y que vele por la debida independencia de estos profesionales del derecho en el ejercicio de sus funciones, respecto de los particulares y los funcionarios de los distintos poderes del Estado.
Los postulantes a cada uno de los cargos debieran cumplir con estrictos requisitos legales y someterse a evaluaciones que midan sus aptitudes sicológicas y profesionales para servirlos. Como es obvio, tales evaluaciones debiesen estar a cargo de sicólogos y de expertos en derecho notarial y registral. De esta forma ocupará el cargo quien obtenga el más alto puntaje, eliminándose la actual confección de ternas, fuente fecunda de nominaciones inmerecidas.
Además de la debida implementación de adelantos tecnológicos, resulta indispensable la creación de un número suficiente de oficios que, medido con criterios técnicos, cubra adecuadamente las necesidades de la población. Esto, también, contribuirá a dar mayor movilidad dentro de la carrera funcionaria, lo que debe sumarse a un “límite de edad razonable para dejar el cargo” y “sin excepciones” como actualmente existe. No es viable alegar supuestos derechos adquiridos de carácter vitalicio para ejercer funciones en que prevalece el interés público por sobre el privado.
Por último, la modernización del sistema, también, hace necesario un cambio cultural tendiente a la eliminación de una serie de trámites notariales completamente inútiles y que conllevan costos y pérdidas de tiempo, en los que diversos entes del Estado tienen gran responsabilidad. (Santiago, 30 mayo 2018)
Marco Antonio Sepúlveda Larroucau
Docente Facultad de Derecho, Universidad Central de Chile
Director del Magíster en Derecho Registral e Inmobiliario de la Universidad Central de Chile.