Hay algo que los constitucionalistas solemos olvidar. Nuestros orígenes no son tan inocentes como quisiéramos. El movimiento constitucional articuló desde finales del siglo XVIII, especialmente en Francia, la mayor concentración de poder político y jurídico de la historia. Lo hizo mediante la edificación del Estado moderno. Los pensadores del siglo XIX, de distintas tendencias, registran su asombro ante el aparecimiento de tan ciclópeo artificio. Donoso Cortés habla del poder ubicuo de millones de ojos, oídos y brazos. Tocqueville anuncia el aparecimiento de un poder inmenso y tutelar; un poder absoluto, minucioso, regular y aparentemente benigno, señor, intendente y cajero que se encarga de asegurar los goces y vigilar la suerte de los ciudadanos. Stuart Mill alude al poder nacional ilimitado, opresor y concentrado de cómoda ejecución. Marx se refiere al espantoso parásito que envuelve como una membrana el cuerpo de la sociedad y obstruye sus poros. Nietzsche denuncia al más frío de todos los monstruos fríos: el Estado moderno.
A despecho de tan sombrío pronóstico, el Estado moderno se irguió representando ideas y metas que encubrían su verdadera naturaleza. Cuan nuevo Adamastor se presentó dispuesto a utilizar toda su fuerza al servicio de los ideales ilustrados que, se dijo, eran los del pueblo. El constitucionalismo fijó al respecto una serie de dogmas que dieron legitimidad al monstruo. Había que soportarlo, se proclamó, porque era el único medio de proteger la libertad. La historia se acostumbró a él hasta tal punto que hoy nos parece que la política y la misma libertad serían imposibles sin el Estado. Y nos habituamos asimismo a sus dogmas justificantes, de tal manera que hoy, después de dos siglos, se les expone como panacea de toda organización política y se les enseña como artículos de fe: son los principios de representación democrática, división de poderes, soberanía popular y derechos humanos.
Más allá del contenido, si se atiende a la dimensión instrumental de estos dogmas, se descubre que no fueron sino mediaciones engañosas de una razón constructivista y planificadora cuya finalidad tránsfuga pasó por imponer la estatalidad como camisa de fuerza a las sociedades “pre-modernas”. Como tales funcionaron a la manera de principios organizativos pero también como promesas hacia el futuro.
El constitucionalismo como movimiento histórico-ideológico –racionalismo, voluntarismo, liberalismo- prometió que el hombre se liberaría en el plano colectivo de todo orden trascendente, pues no habría más normas, sociedad y gobierno que los que el hombre mismo consintiera a través del pacto social. Análoga liberación se ofreció en el ámbito individual a través del ejercicio de los derechos humanos.
Esta promesa de liberación ínsita al constitucionalismo en sus fuentes filosóficas más agudas –Rousseau, Kant, etc.- permite enfocar este movimiento como manifestación del proyecto moderno de divinización de la voluntad humana encarnado en el poder secularizador y constructivista del Estado.
Empero, la desproporción entre las promesas de la modernidad política (divulgadas como realidad por la mitología constitucional) y la realidad del constitucionalismo implantado es de tal envergadura, que impulsados a hacer un balance, el débito supera en mucho al crédito.
El hecho de constituir a la vez una realización consumada y una promesa incumplida otorga a los dogmas del constitucionalismo un carácter ambiguo. Muchos se refieren a sus promesas como si ya fueran realizaciones históricas. Nos encontramos en la hora de la deontología y la axiología constitucional convertida en realidad por un ejercicio de impúdica y desnuda retórica. El constitucionalismo, en lo que tiene de idílico, se asemeja a una tragicomedia: los dogmas del constitucionalismo se cumplen porque así lo dice la Constitución.
De todos modos, el aspecto mesiánico del constitucionalismo ya no tiene cultivadores serios. Los ídolos del constitucionalismo “fuerte” han caído uno por uno. No sólo porque todos sus dogmas sin excepción han sido objeto de irreversibles cuestionamientos a nivel teórico, sino también porque su realización ha contrastado con las premisas que le servían de justificación. En próximas entregas nos permitiremos revisar algunos de estos puntos.
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