Artículos de Opinión

La tendencia de las asambleas ciudadanas sobre el clima. Un instrumento (posible) de renovación de la vida política por analizar.

En tiempos que abunda la desconfianza en las instituciones, y mientras los "especialistas" siguen buscando las razones de la falta de legitimidad de las instituciones del gobierno representativo, heredadas de las revoluciones del siglo XVIII, se replican experimentos democráticos, apareciendo el sorteo como un mecanismo potente.

En tiempos de crisis climáticas y sanitarias, y ad portas de una crisis económica sin precedente, puede ser de utilidad mirar algunas experiencias concluidas o en curso en Irlanda, Francia, Reino-unido, España, entre otros, particularmente en materia de lucha contra el cambio climático y en relación al fenómeno de la participación ciudadana y a la representatividad de la clase política.

La Convención Ciudadana sobre el Clima (en adelante: CCC)[1], antes conocida como Convención Ciudadana para la Transición Ecológica, es una convención francesa, formada en octubre de 2019, que reunió a 150 ciudadanos sorteados y constituidos en una asamblea llamados a formular propuestas para luchar contra el calentamiento global. Desde el 4 de octubre de 2019 estos 150 voluntarios (hombres, mujeres, adolescentes, jubilados, profesionales y obreros, representativos de la sociedad francesa actual) sorteados para participar en este experimento democrático de alcance sin precedentes en Francia -convocado por Emmanuel Macron para intentar responder a la crisis de los «chalecos amarillos»- han trabajado para responder a la pregunta: ¿cómo reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 40% para 2030 en un espíritu de justicia social?

La idea no es nueva, pues E. Macron se inspiró de Irlanda. De hecho, es uno de los ejemplos más exitosos de contribución ciudadana al debate político con importantes resultados. Fue después de la deliberación de la asamblea de ciudadanos que se celebraron referendos los que condujeron a la legalización del aborto o el matrimonio para todos[2]. También se inspiró de la iniciativa ciudadana del Klimatriksdagen sueco -Parlamento Popular por el Clima- que hizo su primera propuesta en 2018 y que ahora el propio gobierno consulta para la elaboración de sus políticas climáticas. La iniciativa tampoco es aislada; Reino Unido también la recogió a la misma época a través de la Asamblea del Clima del Reino Unido[3] y acaba de remitir su pre-conclusiones. Sus acuerdos definitivos son esperados para septiembre. Del mismo modo, España ha imitado la iniciativa, y el gobierno declaró el 21 de enero de 2020 en Consejo de Ministros la Emergencia Climática y la creación de una Asamblea Ciudadana de ese tipo.

Más allá de las inevitables críticas relativas a su organización, su gobernanza, el papel y la influencia de los 140 expertos auditados (científicos, asociaciones, sindicalistas, funcionarios administrativos, empresarios y políticos – el propio Presidente de la República, el Primer Ministro o el Ministro de la Transición Ecológica y Solidaria) sobre los convencionales, estos han llegado a la formulación de 149 propuestas, que fueron debatidas y enmendadas a lo largo de un proceso de ocho meses de democracia deliberativa.

Desean, como medidas más emblemáticas, enmendar el preámbulo de la Constitución para precisar mediante la inserción de un segundo inciso, que «la conciliación de los derechos, libertades y principios no debe comprometer la preservación del medio ambiente, que es patrimonio común de la humanidad» (aunque la preservación del medio ambiente ya es un objeto de valor constitucional a través de la Carta del Medioambiente de 2005). También desean añadir al artículo 1 un inciso 3 según el cual «la República garantiza la preservación de la biodiversidad, el medio ambiente y la lucha contra el cambio climático». Proponen además, la creación de un Defensor del Medio Ambiente, a imagen y semejanza del Défenseur des Droits. Defienden esta revisión por su alcance simbólico, pero también porque proporcionaría un instrumento jurídico adicional a los ciudadanos. Sostienen además que el referendo como mecanismo de adopción provocará un debate y una concientización social ineludible.[4]

En cuanto al resto de las propuestas, los convencionales -contrariamente a lo que pensaba y deseaba parte del ejecutivo y de los parlamentarios- han votado en contra de un referendo para la adopción de sus propuestas concretas. De esa manera, los convencionales tuvieron en mente el posible reproche de sustituirse a los elegidos por sufragio universal y también a la tecnicidad de los debates por venir y la selección de los temas.

La decisión ahora está en el campo del gobierno. Parece difícil ignorar ese trabajo, sin profundizar aún más las desilusiones democráticas de los ciudadanos que piden más participación en la elaboración de las políticas públicas, empezando por las medioambientales. En el mandato del Primer Ministro a la Convención escribió que “al término de esta labor, la Convención enviará públicamente al Gobierno y al Presidente de la República un informe sobre sus deliberaciones y todas las medidas legislativas y reglamentarias que haya considerado necesarias para alcanzar el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Podrá designar, entre las medidas legislativas, las que considere que deben someterse a referéndum.” El Presidente Macron se ha comprometido a que estas propuestas legislativas y reglamentarias se sometan «sin filtrar» – es decir sin que el ejecutivo tenga que modificar su redacción – a un referéndum, a una votación en el Parlamento o a su aplicación reglamentaria directa.

¿Qué nos enseña esa experiencia así como las de los otros países mencionados? En tiempos que abunda la desconfianza en las instituciones, y mientras los “especialistas” siguen buscando las razones de la falta de legitimidad de las instituciones del gobierno representativo, heredadas de las revoluciones del siglo XVIII[5], se replican experimentos democráticos, apareciendo el sorteo como un mecanismo potente. La selección aleatoria de representantes deliberativos , como se usó en Atenas, o en las repúblicas del Renacimiento italiano es una idea en boga: hoy en día existen cientos de procesos deliberativos[6] que reinventan nuestra relación con la política, lejos de sus profesionales , autoproclamados expertos, grupos de interés y creadores de opinión. Algunos de esos mecanismos son las llamadas “asambleas de ciudadanos”, que pueden trabajar usando procedimientos simples y sencillos, entre ellos el sorteo. Las razones para encomendar ciertas misiones a los sorteados pueden ser de varia índole[7]. No es ese el objeto de esta columna.

Sin embargo, como lo señala H. Landemorre[8], la experiencia de la CCC francesa marca – por su tamaño y la diversidad de la población – una diferencia con las anteriores pero sobre todo tiene el “mérito de reexaminar cuestiones de filosofía política que creíamos estabilizadas desde hace doscientos años, pero que la crisis de las instituciones representativas y de los organismos intermediarios (Parlamento, partidos, sindicatos, etc.) nos obliga a reabrir. ¿Qué es la representación democrática? ¿Puede la legitimidad y la responsabilidad de los representantes provenir de algo más que de un mandato electoral? ¿Cómo podemos articular las diversas formas de democracia invocadas por unos y otros: democracia “deliberativa”, pero también la democracia «directa», «participativa» o «ciudadana» por un lado, y la llamada democracia «representativa» por otro?[9]

Los cambios son necesarios y la oportunidad de redactar una nueva constitución en Chile, plantean preguntas que los constituyentes tendrán que abordar, como la de consagrar una constitucionalización del principio del sorteo y para qué.

La consideración de esos cambios requiere un análisis comparativo de los méritos respectivos de las diferentes formas de representación democrática. También implica pensar en una legitimidad política distinta de la conferida por la elección, así como la posibilidad de una rendición de cuentas política lograda por medios distintos de la sanción electoral. El sorteo, por cierto no es la panacea, pues ya los atenienses utilizaban paralelamente la elección. Por lo tanto, si bien como todo sistema sufre límites y fallas, sería obtuso negarse al examen de sus avances democráticos y como puede conciliarse con otras modalidades de prácticas políticas. En ese sentido, podríamos preguntarnos con B. Manin[10]: “¿cómo podemos no practicar el sorteo, nosotros que nos proclamamos demócratas?”. (Santiago, 18 agosto 2020)

 

Benoît Delooz

Académico Universidad Central de Chile

 


[1]https://www.conventioncitoyennepourleclimat.fr

[2]Antes hubo Colombia-Británica y Ontario en Canadá en 2004 y 2006, Holanda en 2006, Islandia en 2009, Bélgica en 2011-2012, pero Irlanda se caracteriza por haber logrado cambios fundamentales.

[3]https://www.climateassembly.uk

[4]Dentro otras propuestas destacadas, aparecen la reducción de la velocidad sobre las autopistas, la supresión de los vuelos nacionales cuando existe alguna alternativa baja en carbono, precio y tiempo; la obligación de renovación térmica de las viviendas; reducir de 20% para 2030 la dieta alimenticia en términos de carne y productos lácteos, consagrar penalmente el ecocidio; regular la publicidad de manera de prohibir la de los productos que emiten más gases con efectos invernaderos, como algunos automóviles.

[5]Manin Bernard, Principes du gouvernementreprésentatif, Flammarion, 2012.

[6]https://www.oecd.org/gov/innovative-citizen-participation.htm

[7]Por un panorama estimulante, ver Dimitri Courant, « Penser le tirageausort. Modes de se?lection, cadres de?libe?ratifs, et principesde?mocratiques », in Chollet A., Fontaine A. (dir.), Expe?riences du tirageausort en Suisse et en Europe : un e?tat des lieux, Berne, Publication en se?rie de la Bibliothe?que Am Guisanplatz, p. 257-286, 2018.

[8]He?le?neLandemore, “La conventioncitoyennepour le climatpourraitpre?figurer une nouvelle forme de de?mocratie”, Le Monde, 13 Feb 2020, p. 25.

[9] Ídem.

[10]Manin Bernard, Principes du gouvernementreprésentatif, Flammarion, 2012, p. 21.

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