Artículos de Opinión

Chile: ¿Hacia un Estado fallido?

El terrorismo no sólo ha cobrado numerosas vidas en actos de barbarie –como el incendio del hogar y el asesinato de la familia Luchsinger– sino que también se ensaña con víctimas inocentes.

Se  califica como “Estado fallido” a aquel en el cual uno o más de sus elementos esenciales –la integridad del territorio, la seguridad de sus habitantes o el ejercicio de la soberanía–  han dejado de funcionar.

Max  Weber  creía  que  la  función principal del Estado es mantener el monopolio  legítimo de la fuerza  (violencia  política);  a lo que Noam  Chomsky  (2008) agregó  el  cumplimiento de los  objetivos  del Estado.

En la Araucanía, desde  hace  varios años, sólo subsiste la integridad territorial.  Pero  a la inseguridad absoluta de sus habitantes, a la ausencia del  gobierno y a la ineficacia manifiesta de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, se suma el terrorismo organizado, que obliga a la policía a huir en lugar de defender a las personas y sus bienes cuya protección se le encomienda.  

El  terrorismo  no  sólo ha cobrado  numerosas vidas en actos de barbarie  –como el incendio del hogar y el asesinato de la familia Luchsinger– sino  que también se ensaña con víctimas inocentes, incendiando cosechas, quemando escuelas, maquinarias agrícolas e innumerables camiones con sus cargas, provocando el pánico de la población que no tiene a quién recurrir ante la indolencia del gobierno que pretende  hacer creer  que sólo se trata  de  un conflicto social y que no conoce otro remedio que presentar “querellas contra quienes resulten responsables”, siendo así que el primer responsable es el propio gobierno por su actitud pusilánime. 

Cuando un Estado sufre situaciones de crisis que es incapaz de resolver con los medios ordinarios, la Constitución autoriza al Gobierno para declarar los Estados de Excepción si aquéllas “afectan gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado”.

El Estado de Emergencia, p.ej., puede declararlo el Presidente “en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación”,  que es lo que está ocurriendo en forma creciente en la Araucanía y en la Región del Bío Bío.   Declarada la Emergencia, el Presidente  puede delegar sus facultades en los Jefes de la Defensa Nacional que él designe, quienes son los agentes más apropiados para resolver estas  anomalías.

Decía Valentín Letelier que el signo de las Repúblicas es la responsabilidad de sus autoridades. Y cuando la autoridad competente elude afrontar su responsabilidad, la Carta Fundamental contempla la acusación constitucional “por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido  abiertamente la Constitución o  las  leyes”.

Cierto es que el resultado de esta acusación depende de la  iniciativa de la Cámara y de la decisión del Senado; pero, a veces basta el solo anuncio de una acusación bien fundada para que el órgano indolente reaccione ante el riesgo de su resultado (Santiago, 28 marzo 2016)

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