Cada vez que se aproxima una elección parlamentaria la clase política nacional renueva sus inquietudes por modificar el sistema electoral denominado “binominal”.
Como es sabido, los sistemas electorales representan el modo de distribuir y adjudicar los cargos electivos en función de los resultados electorales .
Tradicionalmente en los regímenes democráticos se opta entre la representación mayoritaria o la representación proporcional.
En el primero se declara triunfador al candidato que obtiene la mayoría absoluta o relativa.
El sistema proporcional, en cambio, persigue un acercamiento más fiel a la diversificación de la voluntad de los electores.
Ahora bien, la Constitución de 1925 en su artículo 25 optaba expresamente por un sistema electoral proporcional, la Carta de 1980, en cambio, entregó al legislador orgánico tal decisión y éste creó un sistema que no encuadra en la tipología clásica: no es mayoritario ni proporcional.
Efectivamente, a través de su mecánica obliga a las colectividades políticas a organizarse en dos grandes bloques que se distribuyen sin mayores sorpresas los escaños de senadores y disputados: si una lista obtiene un 66,6% y la otra un 33,4% cada una obtiene un solo cargo.
Como lo ha destacado la doctrina, el sistema tiene como objetivo político sobrerepesentar a la segunda fuerza electoral en relación a la primera y eliminar a las restantes del juego político.
Para las dos coaliciones el sistema ha funcionado perfecto: las elecciones se han transformado más bien en “designaciones” encubiertas.
Surge entonces la pregunta: ¿Por se quiere cambiar el binominal? Ella se contesta con otra interrogante: ¿Se quiere en verdad cambiar el sistema?.
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