El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 364 del Código Procesal Penal.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre recurso de hecho de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.
En su resolución, la Magistratura Constitucional aduce, en esencia, que el requerimiento no se encuentra razonablemente fundado, configurándose la causal de inadmisibilidad contenida en el Nº 6 del artículo 84 de la LOCTC, toda vez que el libelo es impreciso en lo referido al carácter decisivo de la disposición cuestionada y a la manera en que ésta produce efectos inconstitucionales.
Vea texto íntegro del expediente y requerimiento Nº 2835-15.
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