El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 3, letras i) y l) del DFL N° 292/1953, que aprueba Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y la Marina Mercante; y los artículos 95, 96, 97, 142 incisos 3º y 4º, 149 inciso 1º, 150 incisos 1º y 4º y 151 de DL N° 2.222 de 1978, que establece la Ley de Navegación.
La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de protección de que conoce la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la otra parte de la gestión pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2784-15.
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