Durante el 107 Período Ordinario de Sesiones, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) celebró, los días 2 y 3 de febrero, audiencia pública en el caso López Lone y otros vs. Honduras. En la oportunidad, la Corte escuchó a una presunta víctima, a dos peritos propuestos por los representantes, así como los alegatos finales, las observaciones finales de la CIDH.
Al efecto, cabe recordar que el caso trata de la destitución de los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado, así como la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza, en el contexto del golpe de Estado ocurrido en Honduras en junio de 2009. Los magistrados integraban la “Asociación Jueces por la Democracia”, la cual emitió comunicados públicos calificando los hechos relacionados con la destitución del ex-Presidente Manuel Zelaya como un golpe de Estado.
La CIDH ha sostenido que el Estado de Honduras es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, al principio de legalidad, libertad de expresión, libertad de asociación, derechos políticos, a la protección judicial, y el derecho de reunión consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos.
En la causa se ha presentado el documento “La Defensa de los Derechos Humanos bajo la Convención Americana: La situación de jueces y juezas” en calidad de Amicus Curiae por la Corporación Fundamental, Centro de Estudio y Justicia en Derechos Humanos cuya finalidad principal es el empoderamiento y el apoyo a defensores y defensoras de derechos humanos. El amicus sostiene que los jueces y juezas, en relación a la defensa de derechos humanos, al ser garantes de derechos, son clave para la tutela de los mecanismos e imprescindibles para la protección de los defensores y defensoras en riesgo, convirtiéndose los jueces y juezas, a su vez, en defensores de derechos humanos institucionales.
Vea el informe de fondo del caso presentado por la CIDH.
Vea texto del amicus curiae presentado por Corporación Fundamental.
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