La Municipalidad de Viña del Mar interpuso un reclamo de ilegalidad en contra del CPLT, alzándose por esta vía en contra de una resolución de este organismo que le ordenó entregar una copia de un sumario administrativo.
El Tribunal de Alzada ratificó la decisión del CPLT, luego de considerar que no puede entenderse vulnerado el secreto del sumario si la etapa de investigación se encuentra agotada y con “resolución de sobreseimiento”. Una decisión tal, señala, no puede “causar agravio” a la Municipalidad.
El fallo añade “que en materia procesal penal, en lo relativo a la investigación que lleva adelante el Ministerio Público, la regla general es la publicidad siempre, salvo excepciones”, por lo que aquel principio “debe primar con mayor razón en una investigación de carácter disciplinario”, la cual tiene “consecuencias menos gravosas que las de la pesquisa penal”, más todavía si “la etapa de indagación se agotó” y el sumario término “en sobreseimiento”.
Vea texto íntegro de la decisión del CPLT.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones.
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