La moción del senador Carlos Bianchi, expone que el artículo 46 de la Ley N° 19968, que crea Los Tribunales de Familia, regula el contenido de los informes periciales, estableciendo que si las partes lo solicitan, es obligación para los peritos concurrir a declarar ante el juez acerca de su informe, “debiendo entregarlo por escrito con tantas copias como partes figuren en el proceso, con la finalidad de ponerlo en conocimiento de aquéllas, con cinco días de anticipación a la audiencia de juicio, a lo menos”.
Observa luego que los citados incisos del artículo en comento, reflejan –en primer lugar- un problema transversal para el Estado, en torno a la escasez de recursos de diferentes ámbitos, especialmente en lo que dice relación al acceso a la justicia, tribunales y otros, como es el caso de las Corporaciones de Asistencia Judicial. Agrega –en segundo lugar- que resulta preocupante la gran cantidad de papel utilizado lo que no se condice con una preocupación y un uso responsable de los recursos naturales, existiendo la necesidad de adoptar una actitud acorde con el medio ambiente.
El tercer punto abordado por la moción, se relaciona directamente con la tramitación, considerando que en materia de familia -como en otras- existen salidas distintas a la dictación de una sentencia, llegando muchas veces a acuerdos, incluso en la misma audiencia de juicio; supuesto en el que ni siquiera se alcanzan a incorporar efectivamente como prueba pericial los informes entregados, debiendo destruir las copias exigidas por la ley.
Por tales razones, y con el objeto de subsanar esta pérdida de recursos, el proyecto de ley propone modificar el artículo 46 de la precitada ley.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional y será analizado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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