La solicitud fue reenviada al Ministerio de Hacienda, que le respondió al peticionario que en el sitio web de dicho Ministerio encontraría disponible el Plan de Reconstrucción y Financiamiento 2010-2013 propuesto por el Gobierno. Además le acompaño copia del Proyecto de Ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción.
La requirente se alzó luego ante el CPLT reclamando no haber recibido de manera completa la información solicitada, puesto que no se le entregó un documento que indique cuáles serán los sectores objeto de reconstrucción y el plazo en que se llevará a cabo el Plan de Reconstrucción en sus distintas etapas.
El CPLT verificó “la suficiencia de la documentación entregada (…) –ya que indicaba- sus objetivos, sectores que serán reconstruidos, tales como vivienda, salud, educación, entre otros; tipo de inversiones, presupuesto, financiamiento, plazo en el que se llevará a cabo y sus distintas etapas de ejecución tanto a nivel central como regional y local”.
No obstante lo anterior, acogió el amparo dando por entregada la información, aunque en forma extemporánea, y ordenó que se requiera al Subsecretario de Hacienda para que a futuro dé cumplimiento a los plazos contenidos en la Ley de Transparencia.
Vea texto íntegro de la decisión.
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