El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso 2° del artículo 62 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 458 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema.
La decisión de suspender la gestión judicial invocada fue acordada con el voto en contra del Ministro Hernández Emparanza, quien estuvo por no concederla.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2684.
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