En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel acogió un recurso de amparo deducido por el INDH, en atención a los maltratos sufridos por un menor recluido en el Centro de Internación Provisoria de San Bernardo.
Al respecto, expuso la sentencia que “la Asistente Social encargada del caso, fue informada que el amparado habría resultado lesionado a raíz del procedimiento realizado por personal de Gendarmería dentro del Centro en el cual se encontraba, lesiones que son constatadas en la Enfermería y refrendadas en el Hospital Parroquial de San Bernardo”.
Asimismo, adujo el Tribunal de Alzada que “se han vulnerado derechos esenciales de una persona que se encuentra bajo la supervigilancia de un Organismo del Estado, constriñéndose a su vez los derechos garantizados en las Convenciones Internacionales ratificadas por Chile respecto de personas que se encuentran privadas de libertad por orden jurisdiccional”.
En atención a lo señalado, la Corte de Apelaciones de San Miguel determinó que Gendarmería de Chile debe propender a otorgar el apoyo psicológico pertinente y tomar las medidas necesarias que eviten la repetición de lo ocurrido.