Se dedujo recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, confirmando la de primera instancia, acogió demanda de restitución de inmueble fiscal.
El recurrente denunció la infracción del artículo 50 del Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile N° 11, toda vez que, de acuerdo a dicha disposición, mientras no se hayan resuelto todas las instancias posteriores, especialmente en el caso de las eliminaciones, para todos los efectos legales se suspenderán las sanciones disciplinarias.
La Corte Suprema consideró, en lo grueso, “que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra las resoluciones que allí se mencionan, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Como se advierte del claro tenor de dicha norma, tan sólo la infracción de ley -entendida según el concepto que entrega el artículo 1º del Código Civil- permite la interposición de este medio de impugnación jurídico procesal, calidad que no tiene un decreto supremo, como lo es el Decreto Supremo N° 900 de 1967 que contiene el mencionado Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile N° 11, que constituye una norma jurídica de inferior rango dictada por el Presidente de la República, motivo por el cual el recurso no puede prosperar”
Motivos principales en virtud de los cuales fue rechazada la casación de autos.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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