El Presidente del Senado remitió al TC el proyecto de ley que modifica el artÃculo 19 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones para que se pronuncie -en control preventivo y obligatorio- sobre su constitucionalidad.
La referida iniciativa legal hace aplicable, con algunas modificaciones, el procedimiento especial para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores establecido en la Ley N°19.496 a los casos en que inmuebles presenten fallas de las señaladas en el artÃculo 18 de la citada ley de urbanismo y construcciones y compartan un mismo permiso de edificación. Entre otras regulaciones dispone que la sentencia definitiva producirá efectos respecto de todas las personas que tengan el mismo interés colectivo.
El examen de constitucionalidad que deberá realizar la Magistratura Constitucional solo se extenderá a las normas contenidas en el proyecto de ley que son propias de una ley orgánica constitucional.
Cabe señalar que por incidir la enmienda legal en una materia propia de la ley de orgánica constitucional relativa al Poder Judicial, la Corte Suprema evacuó durante su tramitación informe favorable sobre la iniciativa.
Vea texto del proyecto de ley y del expediente Rol N° 1833.