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En actual apelación.

CS rechazó acción de protección deducida contra juez árbitro que habría afectado el derecho de propiedad.

“atendida la naturaleza de la resolución recurrida y no siendo está la vía idónea para impugnar una resolución judicial, se rechazará el presente recurso por ser éste improcedente.”

6 de septiembre de 2013

Se dedujo acción de protección en contra de un juez arbitro, por parte de una sociedad profesional, a fin de que se declararan ilegales y arbitrarios una serie de hechos producidos en el marco del juicio arbitral rol 1690/2012, que se tramita ante aquel, todo lo cual constituiría una vulneración del derecho de propiedad.
La Corte Suprema, conociendo de la apelación de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmó el fallo de primera instancia y rechazó el arbitrio constitucional, señalando, en esencia, que “atendida la naturaleza de la resolución recurrida y no siendo está la vía idónea para impugnar una resolución judicial, se rechazará el presente recurso por ser éste improcedente.”

Vea texto íntegro de la sentencia

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