Se dedujo recuso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que, rechazando la excepción de prescripción, confirmó el fallo y condenó a un Servicio de Salud a pagar indemnización de perjuicios a los actores.
La recurrente fundó su recurso, en primer lugar, en la infracción de los artículos 2492, 2497, 2332 y 2524 del Código Civil en relación con el artículo 45 inciso 3° de la Ley N° 19.966 y 25 de la Ley sobre Efecto Retroactivo de las Leyes. Luego, denunció la infracción de los artículos 3 letra a) de la Ley N° 20.065 y artículos 409 y siguientes del Código de Procedimiento Civil (sic), normas a las cuales atribuye la calidad de reguladoras de la prueba. Finalmente, denunció la transgresión del artículo 38, inciso segundo, de la Constitución Política y los artículos 4 y 42 de la Ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado.
La Corte Suprema consideró “que se debe además precisar que los hechos descritos en el considerando undécimo, analizados en su conjunto, permiten tener por configurada la falta de servicio imputada a la recurrente pues el Servicio de Salud demandado, a través de su red hospitalaria –Hospital Guillermo Grant de Concepción-, no otorgó al paciente una atención oportuna y eficaz, por cuanto a pesar de que el niño –que formaba parte del grupo de riesgo descrito por la Circular N° 047, dada su corta edad- se mantuvo por un lapso mayor a 4 horas en el mencionado Hospital, sin que sus síntomas febriles remitieran ante el suministro de medicamentos, presentando también hiperemesis y deshidratación, fue dado de alta con indicación de paracetamol y control en el consultorio, en circunstancias que presentaba síntomas que al menos debieron llevar al personal médico a mantenerlo en observación y/u hospitalizarlo, practicándole todos los exámenes necesarios que permitieran establecer un diagnóstico certero. Esta omisión en la que incurrió el equipo médico impidió el inicio temprano del tratamiento de la enfermedad que lo aquejaba, lo que determinó que al ingresar a la mañana siguiente ya los esfuerzos por salvarle la vida fueran estériles”.
Ver texto íntegro de la sentencia.
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