La Corte Suprema ratificó que Gendarmería de Chile actuó de manera ilegal y arbitraria al incautar un lector y grabador de CD a un reo recluido en la Cárcel a Alta Seguridad que labora para una ONG que trabaja con personas privadas de libertad.
El retiro del dispositivo –señala el fallo-, “no se encuentra justificado con las explicaciones dadas en el informe. El Director Nacional de Gendarmería, refiere que ello no tiene incidencia ni afecta su trabajo, pues puede grabar en los dispositivos extraíbles que, como siempre ha ocurrido, serán revisados por la Autoridad penitenciaria. No existe discusión en cuanto a que la recurrida puede, en uso de sus facultades, limitar los derechos de los reclusos e imponer las restricciones que crea conveniente, sin embargo tal afectación debe obedecer a razones de seguridad o de orden interno, que en este caso no se advierten”.
Más adelante la sentencia agrega que “el retiro del dispositivo aludido entorpece el trabajo que durante años ha realizado el recurrente al interior de la Unidad Penal”, que la medida “carece de razonabilidad, desde que no obedece a criterios de seguridad o de administración penitenciaria” y que la Constitución garantiza a todas las personas el derecho al trabajo, “el que no se pierde por la circunstancia de estar privado de libertad”.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema.
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