A propósito del caso Fraude en Carabineros, no deja de sorprender como se mal utilizó el sistema bancario por tantos años, para apropiarse y blanquear una suma relevante de dinero, a pesar que existe desde el año 2004 la obligación de los bancos y otras entidades, de informar a la U.A.F. todo acto, operación o transacción que resulte inusual o carente de justificación económica o jurídica, sin olvidar el deber adicional de los bancos de conocer a su cliente y advertir las operaciones desmedidas o inusuales por su monto, frecuencia o destinatarios.
También debe tenerse presente que desde febrero de 2015, las entidades públicas como Carabineros, la Contraloría y Banco Estado, se encuentran obligadas a informar a la U.A.F. las operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus funciones, lo que implica por una parte que Carabineros debió crear un sistema que previniera este tipo de delitos y, por la otra, que Banco Estado debió ser aún más eficaz en sus controles y alertas de prevención, dada su calidad de empresa pública. En este contexto, si bien Banco Estado cuenta con certificación de su modelo de cumplimiento desde 2013, es su propia naturaleza la que implica una mayor rigurosidad y gestión de los riesgos operacionales, legales y reputacionales, ya que involucra a una Nación y no tan sólo a un grupo de accionistas.
Así las cosas, si ya contamos con la legislación, manuales y circulares tendientes a prevenir, detectar e informar delitos como los aludidos, parece que necesitamos la firme y comprometida convicción de las autoridades y Gobiernos corporativos de nuestras entidades públicas, para aplicarlos y hacerlos funcionar de verdad y no formalmente.
Angélica Céspedes Cifuentes
Abogada