Noticias

Hay voto en contra.

CS rechaza acción de protección contra actuación de funcionario de la Dirección Regional de Aysén del Instituto Nacional del Deporte.

“teniendo en cuenta los fines y usos que se les debía dar a los recursos computacionales del Instituto, es claro que el recurrente conocía cuales eran los criterios con los que la institución a la que pertenecía los manejaba, monitoreaba y fiscalizaba, por lo que no podía desconocer el tratamiento que la autoridad le daría a la información contenida en el equipo que le fuera entregado para los fines propios del órgano”.

12 de junio de 2012

Se dedujo acción de protección en contra del Director Regional de Aysén del Instituto Nacional del Deporte, por parte de un abogado, a fin de que se declare ilegal y arbitraria la acción desarrollada por éste a través del asesor computacional de la institución, quien habría copiado la información contenida en el equipo que le había sido asignado como funcionario y al cual sólo se podía acceder con su clave personal, lo cual constituiría una vulneración del derecho a la privacidad.
La Corte Suprema, conociendo de la apelación, rechazó el arbitrio constitucional, señalando que para su resolución debía tenerse presente la Resolución Exenta N°3567 de 29 de diciembre de 2008, la cual dispone en su considerando 3°, que “resulta imprescindible dictar instructivos que establezcan las normas de uso de los equipos y de la información de que se dispone en el Servicio, así como los procedimientos sobre uso y mantención de las claves de acceso a los sistemas institucionales”.
Agrega el máximo Tribunal que no hay acto ilegal, pues “teniendo en cuenta los fines y usos que se les debía dar a los recursos computacionales del Instituto, es claro que el recurrente conocía cuales eran los criterios con los que la institución a la que pertenecía los manejaba, monitoreaba y fiscalizaba, por lo que no podía desconocer el tratamiento que la autoridad le daría a la información contenida en el equipo que le fuera entregado para los fines propios del órgano”.

Ver texto integro de la sentencia.

RELACIONADO
* TC resolverá la admisibilidad de requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma de la Ley de Municipalidades

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad