Con un voto en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por un particular en contra del Tribunal Constitucional (TC), por la declaración de inadmisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad presentado por la parte recurrente respecto del artículo 22 del Decreto con Fuerza de Ley N° 707.
El recurrente estimó vulnerada la garantía del artículo 19 numeral 2 de la Constitución.
En su fallo la Corte de Santiago señaló que, de los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción impetrada no reunió los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resultó ser la vía idónea al efecto. Razones por las que se declaró inadmisible el recurso de protección.
La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada. La sentencia fue acordada con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de que se trata y darle la tramitación correspondiente.
Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 85.123-2020 y de la sentencia de la Corte de Santiago Rol N° 61174-2020.
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