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Moción presentada en el Senado.

Presentan reforma constitucional que establece la iniciativa popular de ley y reduce las materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

El objetivo principal del proyecto ingresado es fortalecer las atribuciones legislativas del Congreso Nacional.

10 de julio de 2020

La Moción busca establecer la iniciativa popular de ley y reducir las materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
Asimismo, señala que nuestro sistema político sería caracterizado como un “hiperpresidencialismo”, dado que el Presidente de la República goza de más de 5 atribuciones legislativas. En primer lugar, mantiene iniciativa exclusiva para ciertas materias de ley, presentes en el artículo 65 Constitución Política de la República y ostenta la potestad de controlar la velocidad y las prioridades de la tramitación de los proyectos de ley, a través del mecanismo de urgencias, del artículo 74. Además, puede formular indicaciones a los proyectos de ley o incluso vetar aquellos proyectos que ya han sido aprobados por el Congreso, artículo 73 de la Constitución; también aprueba y promulga la ley aprobada por ambas cámaras, atribución del artículo 72; y, finalmente, en materia de reforma constitucional, hasta el año pasado era el único que podía convocar a un plebiscito nacional en situaciones de normalidad, presente en los artículo 127 a 129 de la Carta Magna.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca preservar la debida separación de los poderes, fortalecer las atribuciones legislativas del Congreso Nacional y dotar a la ciudadanía del espacio necesario para ejercer su derecho a someter ante el poder legislativo iniciativas de su interés.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado de la República.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13634-07.

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