La Moción busca aumentar la sanción existente actualmente en la Ley 19.946, sobre Protección de los derechos de los consumidores, para las empresas de servicios básicos como; agua potable, gas, alcantarillado, energía eléctrica, telecomunicaciones, teléfono o recolección de basura, residuos o elementos tóxicos, que suspendan, paralicen o no presten sin justificación el servicio previamente contratado, la sanción de multa de hasta 1.500 UTM, elevarla a 3.000 UTM.
El proyecto se fundamenta en que actualmente, debido a la pandemia, la vida se desarrolla principalmente en los hogares, se desarrollan las labores de estudio, trabajo, vida social, gracias a la conectividad y las telecomunicaciones. El problema surge con que los proveedores de telecomunicaciones no están cumpliendo con los contratos, generando caídas del servicio o con velocidad de acceso limitado.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca generar un efecto disuasivo para las empresas proveedoras de servicio, quienes tendrán que adoptar todas las medidas necesarias para garantizar y asegurar el servicio en los términos pactados con cada uno de los clientes.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro del Boletín Nº 13578-03.
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