El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo deducido por particular en contra del Municipalidad de Quellón ordenando la entrega de la información solicitada.
El requirente solicitó a la Municipalidad las actas de evaluación con puntajes detallados sobre un Concurso público realizado por la misma, requiriendo detalles curriculares y las actas donde se seleccionó a la persona, información que el requerido entregó.
Con fecha 7 de noviembre de 2019, el requirente dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del requerido, fundado en que la respuesta es incompleta, ya que habría omitido las actas de evaluación, firmadas por cada integrante y criterios de evaluación en entrevista.
El Consejo acogió el amparo parcialmente, requiriendo la entrega de los antecedentes curriculares y laborales presentados por el ganador del concurso consultado; tarjando, previamente, los datos personales de contexto en estos contenidos, tales como cédula nacional de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, estado civil, entre otros. Lo anterior, en atención a que se refiere a información de carácter pública relativo a los antecedentes que sirvieron de fundamento al nombramiento del funcionario municipal por el cual se consulta, cuya entrega no fue acreditada en esta instancia. Luego, rechaza el amparo respecto de las actas de evaluación con puntajes detallados y firmados por cada integrante de la comisión pedidas, ya que se verificó la conformidad entre lo requerido y lo proporcionado por el órgano reclamado, con ocasión de su respuesta.
Vea textos íntegro de la decisión del Consejo para la Transparencia Rol C-7585-19.
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