La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de aprobar el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) relativo al caso 12.909, Gerardo Bedoya Borrero de Colombia, firmado el 16 de agosto de 2019, entre el Estado colombiano y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), organización peticionaria representante de las víctimas.
El 23 de septiembre de 1999, la CIDH recibió una petición presentada por la Sociedad Interamericana de Prensa, en la cual se alegaba la responsabilidad internacional de la República de Colombia por los hechos que rodearon el homicidio del periodista y columnista Gerardo Bedoya Borrero ocurrido en Cali, el 21 de marzo de 1997 y la falta investigación y sanción de los responsables de los hechos. Es de resaltar que, Gerardo Bedoya Borrero fue un crítico del fenómeno del narcotráfico en el Valle del Cauca y centró su labor periodística en evidenciar y señalar la infiltración de dichos grupos en las élites políticas locales y regionales.
Posteriormente, el 22 de febrero de 2018, las partes firmaron un acta de entendimiento, que se materializó con la firma de un acuerdo de solución amistosa el 16 de agosto de 2019. Adicionalmente, el 13 de noviembre de 2019, las partes solicitaron de manera conjunta la homologación del acuerdo que consta de 9 compromisos.
En su análisis, la CIDH declaró el cumplimiento total de 4 medidas consagradas en el ASA, que se relacionan con las medidas justicia, satisfacción y rehabilitación. Asimismo, la Comisión declaró el cumplimiento parcial de 3 medidas, relacionadas con el otorgamiento de becas, auxilio económico y el premio en honor a la víctima. Por lo anterior, la CIDH continuará supervisando el cumplimiento total de las medidas que aún se encuentran en proceso de implementación, relacionadas con el otorgamiento de becas en memoria de la víctima, el premio honorífico, la publicación del Informe de Homologación y el pago de las compensaciones económicas, así como las medidas de justicia.
La Comisión siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa lograda en el presente caso y valoró altamente los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación del acuerdo para alcanzar una solución amistosa que resultó compatible con el objeto y fin de la Convención. Por lo anterior, la CIDH felicitó a las partes por su disposición y voluntad de avanzar en la solución de este asunto por fuera de la vía contenciosa, y continuará dando seguimiento a la implementación de las medidas restantes hasta su cumplimiento total. Finalmente, la Comisión saluda los esfuerzos del Estado colombiano para construir una política pública en materia de soluciones amistosas y resolución alternativa de conflictos.
Vea texto íntegro del Informe de Solución Amistosa No. 22/20 sobre el Caso 12.909 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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