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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo deducido por condenado por abuso sexual y violación a menor de edad contra negativa de Juzgado de Garantía de La Ligua a sustituir pena de presidio efectivo por crisis sanitaria.

Defensa del recurrente indicó que el interno al padecer hipertensión forma parte del grupo de riesgo de contagio de coronavirus.

26 de abril de 2020

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte de Valparaíso que rechazó amparo en contra del Juzgado de Garantía de La Ligua, deducido por defensor penal penitenciario de interno de 73 años condenado a la pena de 14 años de presidio efectivo por abuso sexual y violación de menor de edad a quien se le denegó su solicitud de sustituir su pena de presidio efectivo.

La presentación en favor del recurrente, señaló que éste se encuentra dentro del grupo de riesgo, debiendo acceder el Juzgado de Garantía de La Ligua, a la sustitución de la pena de presidio efectivo por arresto domiciliario total, en conformidad a la crisis sanitaria actual.

En su decisión, la Corte de Valparaíso indicó que, en la especie, no se ha acreditado que la salud o la vida del amparado se encuentre en riesgo por la condena que cumple en el Centro de Detención Preventiva de Petorca, de manera tal que su seguridad individual no se encuentra amenazada como lo sostiene su defensa, no cumpliéndose el supuesto de procedencia del recurso de amparo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, por lo cual el recurso debe ser desestimado.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, indicando que el recurso de amparo no tiene por fin la conmutación de la pena impuesta en una sentencia firme,.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 43.641-2020 y de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol Ingreso N° 286-2020.

 

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