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Tercera Sala de la Corte Suprema implementa modalidad de teletrabajo e interconexión durante emergencia sanitaria que vive el país.

El trabajo de la Sala se desarrollará mediante interconexión por Internet en la modalidad de teletrabajo.

19 de marzo de 2020

Recientemente, la Tercera Sala de la Corte Suprema dispuso el desarrollo de su trabajo, mientras permanezca vigente la situación de emergencia sanitaria que vive el país, entre otras, bajo las siguientes condiciones: Aplicación de disposiciones sobre teletrabajo; Conocimiento de causas que versen sobre materias urgentes y Modalidad del trabajo mediante  interconexión. En este último aspecto, cabe destacar que el trabajo de la Sala se desarrollará mediante interconexión por Internet en la modalidad de teletrabajo, sin que sea necesario concurrir físicamente a las dependencias del tribunal para todas las personas que trabajan directamente con la Sala. Los oficiales de sala quedarán a disposición de la Secretaría de la Corte y del Jefe de Servicios. El digitador, las relatoras, los relatores, las ministras y los ministros realizarán sus labores desde sus domicilios o el lugar que cada uno determine.

Por otra parte, y en cuanto a las labores que importa el trabajo diario de la Sala, se resolvió, en relación a la Tabla extraordinaria que la publicación de la tabla de las causas que conocerá la Sala extraordinariamente el día miércoles u otro que se determine, se efectuará el día viernes de la semana anterior y su relación se efectuará por turno de los relatores de Sala.

Respecto de la instalación del trabajo diario. El presidente de la Sala, entre 08:30 y 09:00 horas, precisará el trabajo con el digitador, quien dará cuenta de la conformidad del funcionamiento de los sistemas, posteriormente el relator respectivo indicará los aspectos que corresponde conocer adicionalmente a la minuta, correspondiente al despacho diario y finalmente establecerá la interconexión con los integrantes y el digitador.

Asimismo, y entre otros puntos relevantes, se resolvió que, para los efectos de cumplir con los principios de la transparencia y publicidad, en la vista de la causa se podrá conectar al Departamento de Comunicaciones con el fin que la audiencia sea transmitida a los interesados.

Y en cuanto a la constitución presencial de la Sala, solamente en casos excepcionales la Sala resolverá respecto de la constitución física en las dependencias del tribunal para conocer de un recurso que corresponda ver previa vista de la causa.

Todos estos acuerdos de la Tercera Sala fueron adoptados con la prevención de la Ministra Vivanco, quien estuvo por establecer un funcionamiento presencial mínimo de la sala por un día a la semana, tanto destinado a la vista de causas urgentes como a otras materias propias de su funcionamiento y deliberación que requieran presencia física de los ministros.

 

 

Vea texto íntegro del Acta de la Tercera Sala de la CS sobre teletrabajo.

 

 

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