Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción y rechazó un recurso de protección deducido por una médico en contra de su excompañero de trabajo por un supuesto trato hostil hacia ella.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de su excompañero de trabajo, quien también es Médico Contralor de la Comisión de Medicina Preventiva (COMPIN) Provincial de Concepción por un supuesto trato hostil y una supuesta actitud amenazante hacia ella, al mencionarla en una demanda laboral del recurrido en contra de la Seremi de Salud.
La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 4.
La Corte de Concepción indicó en su sentencia que, el proceso iniciado en virtud de la denuncia ante el Tribunal de Ética del Colegio Médico Concepción, proceso en el que se sancionó a la actora, aún no se encuentra afinado, y la causa por tutela laboral R.I.T. T-77-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción se encuentra con suspensión de procedimiento decretado por el Tribunal Constitucional. Es por ello que no puede estimarse perjudicada la actora con el inicio de los procesos recién mencionados, pues no existió resolución de clausura en ninguno de ellos
El fallo agregó que, la conducta del recurrido no es ilegal ni arbitraria y, por ello, resultó innecesario entrar al análisis de las garantías constitucionales que se mencionó como vulneradas, ni a una ponderación detallada de los documentos acompañados por las partes. Razones por las que se rechazó el recurso de protección.
La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 27676-2019 y de la Corte de Concepción en causa Rol Nº 7278-2019.
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