El Tribunal Supremo de España redujo la pena establecida por la Audiencia Nacional que fue de 5 años de prisión y 12 años de inhabilitación a 4 años de cárcel y 7 años de inhabilitación absoluta para cargos o empleos públicos para el ex canciller-cajero del Consulado General de España en Cantón Carlos Gabriel Lozoya Barbero, como autor de un delito de malversación de caudales públicos.
Según los hechos, el condenado, practicó desde el día 27 de abril de 2012 hasta noviembre de 2013 asientos contables que no coincidían con los extractos del banco en el que la representación tenía cuenta abierta, haciendo constar en la aplicación cantidades muy superiores al realmente ingresado en el banco y enviaba al Ministerio extractos inauténticos a fin de cuadrar aparentemente los saldos.
El máximo Tribunal ibérico rechazó el resto de motivos del recurso del acusado y destacó que no se vulneró su derecho a la presunción de inocencia, avalando las pruebas periciales que constataron la distracción de fondos.
Vea texto íntegro del comunicado de prensa.
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