El Tribunal Supremo de España rechazó el recurso de casación planteado por la patronal catalana Foment del Treball Nacional contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que declaró que la huelga general convocada el 8 de noviembre por el sindicato Intersindical-CSC no fue ilegal.
El máximo Tribunal ibérico consideró que la finalidad de dicha huelga fue fundamentalmente “de defensa de los derechos de los trabajadores y aunque aparecen enunciadas otras finalidades que pueden ser calificadas de políticas, no desvirtúan el carácter esencial de la huelga, su finalidad primordial, ni contaminan dicha finalidad, ni, en consecuencia, conducen a tildar de ilegal la huelga”.
Vea texto íntegro del comunicado de prensa.
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