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Moción.

Presentan proyecto de ley que busca modificar la legislación sobre el cuidado personal compartidos de los hijos.

El objetivo principal del proyecto ingresado es ampliar la forma que pueda establecerse el cuidado personal.

11 de febrero de 2020

La Moción busca perfeccionar las disposiciones de la Ley N°20.680, la ley N°19.968, que Crea los Tribunales de Familia y otros cuerpos legales, en particular a lo relativo al cuidado personal compartido y lo relativo a la aplicación del principio de corresponsabilidad en el tratamiento de estas materias.El
proyecto de ley señala que se realizó una evaluación de la Ley N°20.680, solicitada al Departamento de Evaluación de la Ley/OCDE, con el objeto de identificar las posibles falencias que haya tenido la implementación de la norma. En primer lugar, cambiar el vocablo “menor” por niño, niña y adolescente, como lo señala el resto de la legislación nacional e internacional.
Asimismo, en caso de que los padres se encuentren separados, establece las herramientas que existen para determinar y regular un régimen de cuidado personal compartido. Se considera el proceso de ‘mediación’ como uno capaz de otorgar un espacio de diálogo participativo entre los padres, donde éstos tuviesen la opción de acordar el régimen de cuidado personal compartido, pese a lo anterior, este tipo de régimen no se encuentra dentro de aquellas materias que deben ser sometidas a mediación de forma obligatoria. Asimismo, el artículo 8° de esta norma, ratifica lo indicado, ya que, al enumerar las materias de competencia de los Tribunales de Familia, excluye el cuidado personal compartido de éstas.
Por último, es posible advertir además la confianza que se tendría tanto en los Juzgados de Familia, como en los centros de mediación, esto debido a la preparación que tiene el personal que interviene en ambas instituciones, quienes alcanzan de forma acertada fallos o acuerdos dependiendo del caso, y considerando para lo anterior siempre el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca que el cuidado personal compartido, no solo se pueda regular a través de un acuerdo realizado ante notario o por acta extendida por oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, sino que este tipo de materias también pueda ser establecida y regulada a través de un proceso de mediación o uno judicial.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Familia y Adulto Mayor de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13224-18.

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