Noticias

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra recurridos por supuestos incumplimientos de contrato de arriendo.

Se estimó que en la presentación efectuada en estos autos, no aparece que se hayan mencionado hechos que eventualmente puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

4 de febrero de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia que declaró inadmisible la acción de protección deducida por el propietario de una casa en contra de los arrendatarios de la misma por supuestos incumplimientos derivados del contrato de arrendamiento.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 24.

La sentencia de la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que, de los antecedentes expuestos por el recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

La Corte Suprema por su parte confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de Corte Suprema Rol N° 1242-2020 y de la Corte de Valdivia Rol N° 5851-2019.

 

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra hermanas de recurrente por impedirle el acceso a casa que formaba parte de la sucesión intestada de su madre…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad