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Con un voto en contra.

CS confirma sentencia que declaró inadmisible amparo deducido por funcionario de la Policía de Investigaciones en contra de cinco funcionarios de carabineros a los que denuncia lo habrían agredido en el contexto de una manifestación.

Máximo Tribunal y Corte de San Miguel señalaron que hechos están siendo conocidos por otra vía que permite resguardar los derechos denunciados como vulnerados.

27 de marzo de 2020

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que rechazó amparo deducido por funcionario de la Policía de Investigaciones en contra de cinco funcionarios de Carabineros de Chile, a los que denuncia por haberle provocado lesiones tras detenerlo en el contexto de una manifestación.

El recurrente señaló que los mencionados miembros de la policía uniformada le provocaron diversas lesiones tras un confuso incidente en el que terminó con lesiones de mediana gravedad y que han sido objeto de una denuncia ante el ministerio público.

Por su parte, la Corte de Apelaciones de San Miguel decidió no acoger a tramitación la acción de amparo presentada por el recurrente, al señalar que los hechos expuestos no se desprende la existencia de actos que puedan ser cautelados por la presente vía constitucional y que el interesado ya efectuó las denuncias correspondientes.

A su turno, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de San Miguel al indicar que el hecho que motiva el presente recurso es la posible comisión de un delito de lesiones que está siendo indagado por la Fiscalía, lo que pone de manifiesto que la situación está bajo el amparo del derecho, no siendo necesaria una nueva intervención. La decisión fue acordada con el voto con contra del Ministro Suplente Sr. Zepeda, quien estuvo por revocar la sentencia en alzada y, en su lugar, dar tramitación al recurso de amparo interpuesto.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 2737-2020 y de la Corte de Apelaciones de San Miguel Rol Ingreso N° 13-2020.

 

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