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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Fisco y Carabineros de Chile por término anticipado de contratación con recurrente.

La Corte de Santiago declaró que, se pretendió en la acción constitucional ejercida por la empresa Inversiones y Comercio Capellán S.A que la Corte, de una forma u otra, declare que no hubo incumplimiento contractual de su parte, cuestión que es totalmente ajena a la naturaleza y objetivo de un recurso de protección.

22 de enero de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago y rechazó un recurso de protección deducido por la sociedad Inversiones y Comercio Capellán S.A. en contra del Fisco y Carabineros de Chile por el término anticipado de contratación del servicio, mantención y reparación del parque vehicular con la recurrente.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Fisco y Carabineros de Chile por la dictación de la Resolución Exenta Nº 314, de fecha 29 de mayo de 2019, que no dio lugar a los descargos presentados la recurrente en el procedimiento administrativo iniciado por el término del contrato que lo unió con Carabineros de Chile, formalizando el término anticipado de contratación del servicio, mantención y reparación del parque vehicular, marca Mahindra, modelo Marksman y ordenando hacer efectivo el instrumento de garantía, como así también dispuso el cobro de las multas correspondientes.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3 y 24.

Por su parte, la Corte de Santiago indicó, en síntesis que, la cuestión debatida, tanto en los hechos como en el derecho, excedió el marco de un recurso de protección, pues lo que se pretendió en la acción constitucional ejercida por la empresa Inversiones y Comercio Capellán S.A. es que la Corte, de una forma u otra, declare que no hubo incumplimiento contractual de su parte, cuestión que es totalmente ajena a la naturaleza y objetivo de un recurso de protección, ya que esa materia debe ser planteada y decidida por el juzgado civil correspondiente, mediante la acción pertinente.

El fallo agregó inmediatamente que, en tal virtud, no puede sostenerse que existió, en la especie un acto arbitrario e ilegal por parte de la entidad recurrida, pues lo solicitado por la empresa recurrente excedió la naturaleza y objetivo de un recurso de protección, motivo por el cual se rechazó el recurso de protección.

El máximo Tribunal por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 36270-2019 y de la Corte de Santiago en causa Rol Nº 46580-2019.

 

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