El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 773, inciso primero del
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 7878-19.
La Magistratura constitucional concluyó que la presentación ha sido extemporánea, por lo que determinó hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la LOCTC.
El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 773, inciso primero del
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