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En fallo unánime.

Corte de Coyhaique acoge amparo y deja sin efecto expulsión de ciudadana extranjera.

El Tribunal de alzada acogió el recurso tras establecer que en la especie se vulneró el debido proceso y, además, la autoridad administrativa se desistió de la acción penal.

6 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en contra de la resolución de la Intendencia de Arica y Parinacota, que decretó la expulsión de ciudadana dominicana, quien habría ingresado de manera irregular al país y que, actualmente, reside en la comuna de Puerto Aysén.
La sentencia sostiene que ha de atenderse, además, a las circunstancias personales de la amparada, en cuyo ingreso irregular al país, según los antecedentes aportados por la recurrente, habría sido víctima de delito, y que posteriormente ha visto mermada su condición de salud siendo inclusive objeto de diversas intervenciones quirúrgicas, encontrándose en la actualidad en tratamiento domiciliario según diera cuenta la autoridad de salud de Aysén, debiendo considerarse que la amparada reside en forma permanente en la comuna de Aysén, en la casa habitación que comparte con su actual pareja también extranjero, lo que da cuenta de un ánimo de permanencia.
La resolución agrega que por todo lo antes razonado, esta Corte estima que el actuar de la recurrida, mediante la dictación de la resolución impugnada, ha resultado del todo ilegal, provocando a la amparada una perturbación o amenaza a su libertad personal, lo que conlleva que la acción interpuesta deba ser acogida.
Por lo tanto, concluye que se acoge el recurso de amparo interpuesto, de ciudadana dominicana, en contra de la resolución Exenta N° 378/1903 de fecha 12 de Septiembre de 2018, en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, representada para estos efectos por su Intendenta Regional, que ordenó la expulsión del territorio nacional de la amparada, ya individualizada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 36-2019

 

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