Por unanimidad, la Corte Suprema declaró inadmisible la apelación en contra de una sentencia de la Corte de Santiago que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de unas recurridas por realizar una “funa” en “Facebook”.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de los recurridos, ya que una de las recurridas realizó una “funa” en contra de las recurrentes, las que fueron denostadas a través de la plataforma social “Facebook”.
Las recurrentes estimaron vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 4, 21 y 24.
En su sentencia, la Corte de Santiago indicó, en síntesis que, con el mérito de lo expresado por la recurrida que en su informe y lo expresado en estrados por el abogado de las recurrentes, en cuanto a que las publicaciones que motivó el recurso ya fueron eliminadas de las redes sociales, por lo que no existe ya acto arbitrario o ilegal que motive medidas a tomar por la Corte, por lo que se rechazó recurso por falta de oportunidad.
Por su parte, la Corte Supremas señaló que es inadmisible el recurso de apelación deducido por el recurrente en contra de la sentencia.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 29295-2019 y de la Corte de Santiago en causa Rol Nº 10397-2019.
RELACIONADO