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Proyecto de reforma constitucional plantea fortalecer el principio de legalidad respecto de los recursos asignados por la Ley de Presupuestos a las regiones del país.

Dispone que todo traspaso o reducción de los recursos asignados a regiones deba ser aprobada por ley.

7 de septiembre de 2020

La Moción, patrocinada por los Senadores Alfonso De Urresti, Alejandro Guillier, Adriana Muñoz, Yasna Provoste y Rabindranath Quinteros, propone fortalecer el principio de legalidad respecto de los recursos asignados por la Ley de Presupuestos a las regiones del país, disponiendo que todo traspaso o reducción de éstos deba ser aprobada por ley.
El proyecto señala que actual Constitución contiene las normas básicas sobre los presupuestos regionales. Al efecto, el inciso segundo del artículo 111 establece que el gobierno regional contará con patrimonio propio, el que se financia además con la ley de presupuestos y convenios de programación, mientras que el inciso primero del artículo 115 establece principios básicos para el gobierno y la administración interior en “la búsqueda de un desarrollo territorial armónico y equitativo.”, obligando, a continuación a las leyes que se dicten al efecto a velar por el cumplimiento y aplicación de dicho principio, incorporando adicionalmente la solidaridad entre las regiones e intrarregional en la distribución de los recursos públicos.
Respecto a este principio el Decreto Ley N°1263 de Administración Financiera del Estado, señala en su artículo 26, inciso primero, que “Las normas sobre traspasos, incrementos o reducciones y demás modificaciones presupuestarias serán establecidas por decreto en el mes de diciembre del año anterior a su vigencia. Estas normas podrán ser modificadas por decreto fundado durante el ejercicio presupuestario.”. Lo que en opinión de los redactores del texto le entrega una facultad al Presidente que pone en cuestión la autonomía financiera de los gobiernos regionales. Y en lo político, da un margen para que el gobierno central reasigne los recursos, según su valoración de los gobiernos regionales electos.
En concreto, la iniciativa propone legislar para intercalar un nuevo inciso cuarto en el artículo 115 de la Constitución, del siguiente tenor: “Los recursos que, en virtud de lo señalado en los incisos precedentes, sean asignados a las regiones por la Ley de Presupuestos de la Nación, no podrán ser reducidos ni traspasados a otros organismos durante el correspondiente ejercicio, sino por ley.”
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

Vea texto íntegro del Boletín Nº13737-08.

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