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Proyecto de ley obliga a la judicatura a decretar medidas cautelares a favor de la víctima de delitos sexuales.

Además amplia el criterio de edad para la imprescriptibilidad de este tipo de delitos.

31 de agosto de 2020

La Moción, patrocinada por las Diputadas Amar, Hernando y Vallejo, en conjunto a los Diputados Garín, González, Mellado y Sepúlveda, modifica el Código Penal estableciendo la obligación de adoptar las medidas de alejamiento en el caso de delitos sexuales y la de pronunciarse sobre el peligro para la sociedad que puede significar el acusado, ampliando el criterio de edad para la imprescriptibilidad de este tipo de delitos.
El proyecto señala que la violencia contra la mujer se debe a múltiples factores tanto económicos, políticos y sociales que nacen de acontecimientos históricos, prácticas culturales y relaciones sociales que se han perpetuado a lo largo de nuestra historia. La discriminación contra la mujer aún está consagrada en nuestra cultura y en parte de la normativa jurídica. Para modificar estas actitudes sociales y conductas, es necesario llevar a cabo acciones a nivel estructural, ya sea en niveles comunitarios, organizacionales, familiares e individuales, acorde a informe citado por ONU Mujeres.
Para cumplir con el objetivo principal de ampliar las medidas cautelares, el proyecto incorpora un nuevo inciso segundo al artículo 369 bis del Código Penal, del siguiente tenor: “Deberá, de igual forma, adoptar todas las medidas que se encuentren en las esferas de sus atribuciones para proteger a la víctima, asegurando en todo momento que exista una prohibición de acercamiento, debiendo pronunciarse de forma clara e inmediata, sobre si el acusado constituye o no un peligro para la sociedad, en virtud de los antecedentes que disponga, siempre que se refiera a los delitos contenidos en los dos párrafos anteriores.” También modifica el artículo 94 bis del mismo cuerpo normativo, reemplazando la frase “cuando al momento de la perpetración del hecho la víctima fuere menor de edad.”, por la siguiente: “Cualquiera fuere la edad de la víctima al momento de la perpetración del hecho.”
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados. La Comisión de Mujeres y Equidad de Género solicitó recabar el acuerdo de la Sala para que le sea remitido el proyecto, lo que fue rechazado por esta.

Vea texto íntegro del Boletín Nº13710-07.

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