Cartas al Director

Reflexiones para el predicador de la pena de muerte.

Tomás Andre Marguirott Ross

8 de agosto de 2020


Una pequeña reflexión para los inquisidores que buscan la instauración de la pena de muerte en Chile a propósito de la desaparición y asesinato de la joven Ámbar Cornejo, crimen que sin lugar a dudas ha conmocionado a la opinión y a la moral pública.
Yo os digo, que preferiría, (tal como sostienen algunos juristas muy sabios) en mejorar absolutamente el sistema penitenciario de Chile, que tanto fue dejado de lado por la historia, con el objetivo de asegurarse finalmente que quienes deben estar encerrados por el bien de la sociedad continúen así y quienes realmente puedan acceder a su derecho a la libertad condicional, lo ejerzan con plenitud y responsabilidad.
Recordad que aun en tiempos aciagos, la pena no se basta a sí misma, la sola retribución llama a épocas medievales. La lógica de la pena privativa de la libertad en los llamados «casos perdidos» [gente nunca habrá de resocializarse], es que aquel individuo que no puede vivir en sociedad, sea inocuizado absolutamente en un espacio de vida dónde sólo se le prive de su libertad ambulatoria, pero siempre con plena garantía de sus derechos humanos.
Me sorprende que algunos de los inquisidores, muchos de los que dicen ser provida y pro derechos civiles, inclusive algunos otros que predican con la frente en alto por la Alameda a la hora de marchar, sean precisamente aquellos que más hablan en estos casos acerca de la restauración de la pena de muerte a manos del Estado, lo cual me trae recuerdo de las viejas y clásicas discusiones sobre el populismo penal en las facultades de derecho. Éstas discusiones resultan anacrónicas para los estados democráticos actuales, en donde se ha suscrito además la obligación internacional de que en todos aquellos países en donde no se haya abolido la pena de muerte (total o parcialmente), ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, siempre dictada con anterioridad a la comisión del delito. Y lo que es muy importante, en aquel evento, tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente. Esto no lo digo yo, lo dice el artículo 4° de la Convención Americana de Derechos Humanos.
El tema no está en endurecer penas o volver a instaurar la pena de muerte, sino más bien, en regular correctamente el sistema penitenciario y reconocer finalmente al derecho penitenciario como debe ser.
Para todos aquellos que no estén de acuerdo con esta postura, los invito a estudiar la “Ley penitenciaria” en primer lugar. Me refiero al sistema del Decreto Ley N° 321 de fecha 10 de marzo de 1925, que en la práctica casi no es supervisado en su aplicación. Juristas y abogados versados en Derecho Penal denunciaban desde mis días en la facultad, que la norma antes referida presentaba problemas a la hora de aplicarla, principalmente por los requisitos para obtener la Libertad Condicional y en segundo lugar la gravísima omisión legislativa de implementar una ley de ejecución penal y la creación de un Tribunal de Ejecución de penas que pueda supervisar la efectiva rehabilitación, y permita controlar adecuadamente la concesión de este derecho.
Estamos en 2020 y en lo personal, yo no quiero ver más muerte en Chile, ni a manos de privados ni a manos de funcionarios del Estado, o lo que fuera para la satisfacción de la masa histérica y ebria de sangre. El discurso político de la pena de muerte habrá de quedar en los tinteros de la historia cómo una pena solución rápida e inhumana finalmente, tal como dijo el gran maestro Cesare Beccaria, la sociedad efectivamente tiene el derecho a defenderse de los delincuentes, pero siempre con penas proporcionales, las cuales nunca deberán alcanzar la privación de la vida humana.
Finalmente a todos los inquisidores oportunistas de siempre, les comento que el gran autor y folclorista John Ronald Reuel Tolkien en su trilogía de libros “El Señor de Los Anillos”, estableció una frase que sostiene: «¿Puedes devolver la vida? Entonces no te apresures a dispensar la muerte, pues ni el más sabio conoce el fin de todos los caminos».

Tomás Andre Marguirott Ross
25 años
Postulante en Oficina Civil de Santiago.
Corporación de Asistencia Judicial.

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