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Por unanimidad.

Corte Suprema declaró admisible amparo deducido en contra de Juzgado de Garantía de Santiago que despachó orden de detención.

El amparado señala que no se le notificó la resolución que cita a audiencia de formalización.

11 de agosto de 2020

En forma unánime, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible recurso de amparo deducido por imputado en contra de Tercer Juzgado de Garantía de Santiago.
El amparado indica que el 12 de junio de 2019, el Ministerio Pública solicita su formalización por el delito de apropiación indebida, la cual se re agendó en varias oportunidades por falta de notificación. Posteriormente, el 14 de enero de 2020, ante la ausencia del imputado la Fiscalía decide solicitar orden de detención en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 inciso 4º del Código Procesal Penal, solicitud que es acogida y se despacha orden de detención en contra del amparado, el que es detenido el 13 de abril del 2020. Ya detenido, el Juzgado re agenda la audiencia de formalización para el día 24 de julio del 2020, se deja sin efecto la orden de detención y se señala que se le habría notificado personalmente al amparado la nueva fecha; sin que conste en sistema y lo que este niega. Lo que provocó que al llegar la nueva fecha se despache orden de detención en su contra la cual se encuentra vigente hasta el día de hoy, solicitando se deje sin efecto.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso, concluyendo que los hechos no corresponden a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones.
Por su parte, el Máximo Tribunal revocó el fallo, señalando que los hechos configura objetivamente uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, por lo que su mérito deberá decidirse al conocer del fondo de la acción deducida.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 92.131-2020  y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Amparo 1658-2020 .

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