La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible acción de protección deducida en contra de la Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile.
En relación con las garantías constitucionales vulneradas, el recurrente no mencionó cuales de ellas se verían afectadas.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago manifestó que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales.
Asimismo, el fallo explicó que, de la presentación resulta ininteligible, además de su vaguedad e imprecisión, en cuanto a las garantías constitucionales que se estiman vulneradas, de todo lo cual se desprende que el recurso adolece de manifiesta falta de fundamento, por lo que no será admitido a tramitación.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, declarando así inadmisible el recurso intentado.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 21176-2019 y de la Corte de Santiago Rol N° 60698-2019.
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