El TC deberá pronunciarse sobre un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 472 del Código del Trabajo.
La norma impugnada establece: “Las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados por este Párrafo serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470”.
La gestión pendiente incide en los autos ejecutivos RIT C-1535-2019, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, caratulada “Inspección Provincial del Trabajo Santiago con Scotiabank Chile S.A.”, en donde la parte requirente (Scotiabank) es demandada.
La requirente aduce, en síntesis, que se infringe el debido proceso, ya que al no permitirle la norma interponer el recurso de apelación en la gestión pendiente en que incide el requerimiento, resulta manifiesto que el procedimiento en el cual se juzga no es de carácter racional ni justo.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes por el término de diez días.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea los textos íntegros del requerimiento y del expediente Rol 7088-19.
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