En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo presentado por interno del Centro Penitenciario de Acha y ordenó a Gendarmería su ingreso al Centro de Educación y Trabajo (CET) semi abierto de la ciudad.
La sentencia rol 140-2019 sostiene que en mérito de lo señalado en los dos motivos que anteceden, la decisión adoptada por la comisión técnica de la recurrida, resulta ilegal y arbitraria, toda vez que éste cumple los requisitos para el ingreso al Centro de Educación y Trabajo semiabierto de Arica, lo que obliga a acoger el presente recurso.
La resolución agrega que de la propia información de Gendarmería de Chile, específicamente aquella contenida en su ficha única e informe educacional y laboral, se colige que el condenado cumple con el requisito de conducta a que se refiere la letra a) del inciso cuarto del artículo 80 del Decreto Supremo N° 943 de 2011. A su vez, el argumento referido a la falta de red de apoyo, cabe indicar que resultó acreditado que sí contaba con aquello, y que la investigación pendiente por parte el Ministerio Público, por el delito de cohecho, no se encuentra dirigida al núcleo familiar del imputado, según da cuenta el Oficio Ordinario N° 358/18, antes referido.
Así, concluye que se acoge el recurso de amparo interpuesto en representación del condenado JULIO CÉSAR IPIAL RODRÍGUEZ, en contra de la resolución dictada por la Comisión Evaluadora de Gendarmería de Chile, y en consecuencia, se ordena que el Director Regional de Gendarmería de Chile arbitrará las medidas necesarias para el ingreso del condenado al Centro de Educación y Trabajo Semiabierto de Arica.
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