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Se incumple protocolo.

Juzgado Civil de Santiago condena a clínica odontológica por negligente intervención dental.

El Tribunal estableció la responsabilidad de la demandada Servicio Odontológicos Limitada (clínica Yany), por la mala instalación de implantes, lo que provocó dolor permanente y consecuencias estéticas a la paciente.

5 de agosto de 2019

El Primer Juzgado Civil de Santiago condenó a la clínica odontológica Yani a pagar una indemnización de $20.000.000 por el mal tratamiento otorgado a paciente en intervención quirúrgica, en febrero de 2013.
La sentencia sostiene que inequívoco resulta concluir que la intervención quirúrgica efectuada a la demandante se realizó sin la planificación adecuada, es más, sin haber consignado en la ficha clínica cuál iba a ser el tratamiento de rehabilitación general que se utilizaría en la actora, incumpliendo gravemente el protocolo establecido por el Consejo de Contralores de la Clínica, con los nefastos resultados que ello conllevó, esto es, que el día 03 de junio de 2013, la actora tuvo que ser sometida a una intervención para extraer el implante oseointegrado de la zona 9, ordenándose recién a esa altura del tratamiento, una prótesis mandibular de transición para mejorar el pronóstico y así esperar dos meses para la reoperación del implante retirado.
La resolución agrega que en el caso de autos, se debe tener particularmente presente que en la fase de evaluación inicial, el doctor RG había advertido que se trataba de un caso complejo, que por el estado de salud bucal de la paciente se determinada por sí la imposibilidad de la rehabilitación inmediata con implantes, circunstancias que no fueron consignadas en la ficha clínica, tampoco se consignó el tratamiento de rehabilitación general que se aplicaría a la paciente, así el día de la cirugía, se efectuó un procedimiento carente de planificación y sin antecedentes relevantes que se había obviado consignar en la respectiva ficha clínica, circunstancia de suyo relevante, ya que fue el propio doctor BS quien al constatar la demanda señaló haber realizado una completa evaluación de la paciente, considerando para ello entre otras cosas el historial clínico.
Añade que en este escenario, con un historial clínico incompleto se realizó un procedimiento quirúrgico poco adecuado para la salud dental que poseía la paciente, ello es corroborado por los resultados que se siguieron, esto es, que los 4 meses se tuvo que extraer el implante oseointegrado de la Zona 9, y posteriormente en el mes de agosto del mismo año la Clínica demandada efectuó la devolución parcial del dinero pagado por la actora, para la realización del tratamiento de autos.
Por último, concluye que siguiendo la línea de razonamiento que se viene desarrollando, se concluye fundadamente que los dependientes de la demandada fueron poco diligentes en el debido cuidado que implica seguir el protocolo médico establecido para el caso de autos, circunstancia que se tradujo en la inobservancia a la lex artis médica y que finalmente concluyó en una cirugía deficitaria con los infortunados resultados que se acaban de señalar.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 25.443-2016

 

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