La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de amparo deducida por un interno en contra de la resolución del Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Santiago Sur, que dispone revocar el Beneficio de Salida Dominical del que hacía uso el amparado.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago manifestó que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser acogida a tramitación.
Por su parte, la Corte Suprema sostuvo que los cuestionamientos de legalidad respecto a las sanciones impuestas a personas que se encuentran cumpliendo condenas son de competencia de los Jueces de Garantía, en cuanto cumplen funciones de jueces de ejecución de la pena, se confirma la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°20278-2019 y de la Corte de Santiago Rol 1578-2019.